Pregunta:
Tenemos una consulta que hacerles. Si el laboratorio de Nikosia (Chipre) ha contrastado una partida de artículos exportados por nuestra empresa y, por determinados motivos, la mercancía es devuelta a España ¿Existe algún impedimento para que los artículos circulen en el mercado español con este contraste?

Respuesta:
Existe un problema jurídico, de acuerdo con la Ley 50/1998 en su disposición adicional 35 y es que, a pesar de que Chipre es un país de la UE y que dispone de un sistema de garantía equivalente al español, el laboratorio de Nikosia no ha registrado su marca en ninguna Comunidad Autónoma hasta el momento.

Solo podrán circular en España legalmente los artículos de esta partida si son contrastados de nuevo por un laboratorio oficial español.

En el caso hipotético que España suscribiera el Tratado Internacional de la “Convención de Viena”, siendo Chipre un país miembro de la Convención, si el laboratorio de Nikosia incorporase la “Marca de Contraste Común”, esta mercancía podría circular libremente en España sin ningún problema (y viceversa). Desgraciadamente, este no es el caso.